ADECUACIÓN ESTATUTO DE COOPERATIVAS EN PERU
A.-
COOPAC Resolución SBS
N°480-2019(Reglamento)
Artículo 4° -
4.1 El Estatuto y sus modificaciones deben presentarse a la
Superintendencia para la revisión de la legalidad de sus artículos adjuntando
la siguiente información:
. Copia certificada del Acta del Consejo de
Administración en que conste el acuerdo de modificación total o parcial del
Estatuto de la Coopac.
. Minuta suscrita por el representante legal que
recoja las modificaciones que el acuerdo del Consejo de Administración pretende
introducir en el Estatuto de la Coopac.
B.- OTROS
TIPOS DE COOPERATIVAS D.S.N° 074-90-TR
TUO
LEY GENERAL DE COOPERATIVAS
Artículo 13.- Cualquier reforma del estatuto de
una organización cooperativa, aprobada por su asamblea o junta general, será
tramitada con observancia de los artículos 11 y 12 de la presente Ley, en
cuanto fueren aplicables. Las reformas tendrán vigencia, para todos sus
efectos, a partir de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas
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