jueves, 18 de octubre de 2018

Ciudad Autogestionaria y Sostenible- COOPERATIVA VIVIENDA


II Foro Internacional: Ciudad Autogestionaria y Sostenible
Girara en torno al acceso a una vivienda adecuada bajo el MODELO COOPERATIVO DE VIVIENDA POR AYUDA MUTUA Y PROPIEDAD COLECTIVA 
CIDAP- INGRESO LIBRE.  DE 18:00 a 21:00 horas
Dirección: Av. Uruguay 335 – Cercado de Lima
Auditorio del Sindicato Unitario de Trabajadores de Telefónica del Perú – SUTTP
Ponencia: “El cooperativismo de vivienda en el Perú
Lic. Walter Choquehuanca Soto



viernes, 29 de junio de 2018

Cambios que deberán realizar las Cooperativas de Ahorro y Crédito

Cambios que deberán realizar las Cooperativas de Ahorro y Crédito


ALERTA COOPERATIVAS: 
Seguiremos dando a conocer los cambios que deberán realizar las Cooperativas de Ahorro y Crédito en el  ASPECTO ASOCIATIVO - COOPERATIVO- DIRIGENCIAL
Deberán adecuar su ESTATUTO al 2019 a lo APROBADO en el Congreso de la Republica en: Disposiciones Finales y Complementarias - VIGESIMO CUARTA
1.     CARACTERÍSTICAS DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO    QUE SOLO OPERAN CON SUS SOCIOS:  Literal “K”
-       NO procede la reelección indefinida.
-       NO Dirigentes con parentesco entre ellos y trabajadores
-       No pueden ser reelegidos al consejo de vigilancia los miembros que terminan del consejo de administración
-       Los dirigentes reelectos podrán volver a postular después de 02 años
-       Continuidad de cargos del Presidente, vicepresidente y secretario mientras no se realice una nueva distribución
-       Es aplicable a los DELEGADOS las mismas prohibiciones
-       Cuando un suplente es reelegido como TITULAR no se considera reelección
-       No se considera reelección cuando un suplente solo cubrió vacante menos de un periodo y es elegido


lunes, 8 de enero de 2018

Capacitación a candidatos a DELEGADOS en Cooperativas Elecciones 2018

Capacitación a candidatos a DELEGADOS en Cooperativas Elecciones 2018, sea unos de los mejores y prepárese a desempeñarse como un buen DIRIGENTE COOPERATIVO con Valores y Creatividad.



domingo, 19 de noviembre de 2017

Gerente en una Cooperativa « NO TIENE FACULTADES DE CONVOCATORIA DE ASAMBLEAS”

El Gerente  en una Cooperativa   « NO TIENE FACULTADES DE CONVOCATORIA  DE ASAMBLEAS”

La Ley de Cooperativas TUO D.S. 074-90-TR ha normado dicha facultad al Consejo de Administración y al Consejo de vigilancia en casos especiales.
No es aplicable el Art. 116°numeral (1) TUO D.S. 074-90-TR ,ni supletoriamente la Ley de Sociedades porque está definido quienes  son los órganos competentes.

Los estatutos de la Cooperativas en las atribuciones del Gerente deben consignar lo establecido en la Ley General de Cooperativas.